domingo, 28 de noviembre de 2010

PARA CONOCIMIENTO DE TODOS.Permisos necesarios para concurrir a examenes.Derechos del trabajador TRLET

SECCIÓN III. CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Y PROMOCIÓN EN EL TRABAJO.



Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.
1. El trabajador tendrá derecho:
  1. Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
  2. A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.